sábado, 21 de febrero de 2009

elecomunicaciones que elimina el tope del 5% como máxima participación del accionista de una cadena en otra. Es decir, una misma persona o entidad podrá tener participaciones cruzadas superiores al 5% en más de una compañía, pero con un condicionante: la audiencia media acumulada de los operadores en los que esté presente no podrá superar el 27% de la audiencia total.
Además de la participación cruzada, también se permitirá la fusión de dos operadores, si la suma de la audiencia de ambos no supera el citado límite del 27%, y siempre que se garantice la existencia de, como mínimo, otros tres operadores privados de ámbito estatal con otros accionistas.
Tras el consejo, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que esta nueva normativa busca "fortalecer financieramente a las empresas de televisión, afectadas por el descenso de publicidad, y permitir así su capitalización y las sinergias".

TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE
El real decreto también establece la obligación de que los operadores de televisión digital terrestre (TDT) de ámbito e

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